¿Quién puede solicitar un CAE?
El titular del ahorro: quien es propietario de la vivienda y ha pagado la obra. No el instalador, ni la comercializadora de energía, ni el administrador de la finca. Si la actuación afecta a elementos comunes de un edificio —fachada, cubierta, sala de calderas—, el titular es la comunidad de propietarios.
Pero el titular no presenta la solicitud por su cuenta. El registro del sistema exige acreditación y acceso a la plataforma electrónica del Ministerio, así que la solicitud la firma y presenta un sujeto delegado actuando en su nombre.
Los cinco pasos, en orden
El proceso es siempre el mismo, cambie la actuación que cambie. Lo que varía es la ficha de cálculo que se aplica y la documentación técnica que pide.
- Comprobar que la actuación encaja en una ficha publicada y estimar el ahorro. Conviene hacerlo antes de firmar la obra: es el único momento en que todavía se puede elegir una solución que genere más certificados.
- Documentar el estado anterior de la vivienda. Antes de retirar nada. Este paso es el que decide el expediente.
- Ejecutar la obra y reunir la documentación técnica: factura desglosada, ficha del equipo instalado, certificado de la instalación.
- Registrar la solicitud en la plataforma del Sistema de CAE, cosa que hace el sujeto delegado, y atender los requerimientos del verificador independiente.
- Cobrar. Emitidos los certificados, el sujeto obligado paga y el delegado traslada el importe al titular.
Qué papeles hacen falta
La lista concreta depende de la ficha de cada actuación, pero el esqueleto se repite. En una sustitución de caldera por aerotermia, por ejemplo, el expediente pide identificar la vivienda y su titular, acreditar qué sistema había antes, demostrar qué se ha instalado y probar que se ha pagado.
| Bloque | Qué se aporta | Quién lo tiene |
|---|---|---|
| Titularidad | DNI del titular y documento que acredite la propiedad | Tú |
| Identificación de la vivienda | Referencia catastral y dirección exacta | Catastro (lo sacamos nosotros) |
| Estado anterior | Datos del equipo retirado: tipo, potencia y combustible | Tú, si lo guardaste |
| Actuación ejecutada | Ficha técnica del equipo nuevo y certificado de la instalación | El instalador |
| Pago | Factura desglosada y justificante de pago | Tú y el instalador |
En algunas comunidades autónomas se exigen certificados adicionales. Pregunta si van incluidos en el servicio o se facturan aparte.

El error que tumba la mayoría de expedientes
No es un papel administrativo raro ni una firma que falta. Es que nadie documentó qué había antes. Para certificar un ahorro hay que comparar dos situaciones, y la primera desaparece físicamente el día que el instalador se lleva la caldera vieja al punto limpio.
Cuando no queda rastro del equipo anterior —ni factura, ni certificado de la instalación antigua, ni una foto de la placa de características— el cálculo se hace con valores por defecto más conservadores. El expediente sale adelante, pero certifica menos kWh y el importe baja. En una vivienda unifamiliar esa diferencia puede ser de varios cientos de euros.
La recomendación es tonta de puro simple: antes de que retiren el equipo viejo, hazle una foto a la placa de características donde se ven marca, modelo, potencia y combustible. Cuesta diez segundos.
Cuánto se tarda y cuándo se cobra
Entre el final de la obra y el cobro suele pasar de tres a seis meses. El tramo lo marcan dos cosas: lo rápido que se complete la documentación —normalmente el cuello de botella es el instalador— y la carga de trabajo del verificador.
Y por encima de todo el proceso hay un plazo que no se negocia: tres años desde que termina la actuación para registrar el CAE. Es de norma, no es política de nadie y no admite prórroga. Si tu obra está dentro de ese plazo pero no sabes por dónde empezar, la calculadora de CAE te dice de entrada si sigues a tiempo y cuánto está en juego.

Preguntas frecuentes
¿Cómo se solicita un CAE?
A través de un sujeto delegado acreditado, que registra la solicitud en la plataforma del Sistema de CAE en nombre del titular. El propietario no presenta nada ante ninguna administración: aporta la documentación de la obra y del estado anterior de la vivienda.
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el CAE?
Tres años desde que termina la actuación. Pasado ese plazo el derecho se pierde, aunque la obra siga ahorrando energía. Es una regla de norma y no se puede prorrogar.
¿Qué documentación necesito para pedir un CAE?
Acreditación de la titularidad y de la vivienda, datos del sistema anterior (tipo, potencia y combustible), ficha técnica del equipo instalado, certificado de la instalación y factura desglosada con su justificante de pago. La lista exacta la fija la ficha de cada actuación.
¿Tengo que hacer algo yo ante la administración?
No. La tramitación la hace el sujeto delegado. Tu parte es aportar los papeles de la obra y, si puedes, algo que acredite qué equipo había antes: es lo que más influye en el importe final.
