Qué es el IVA reducido del 10% y cuándo aplica
Cuando reformas tu casa, la factura del instalador lleva IVA, y ese IVA puede ser del 10% en lugar del 21% general si la obra cumple ciertos requisitos. Lo regula la Ley del IVA (la Ley 37/1992), que prevé este tipo reducido para las obras de renovación y reparación en viviendas. No es una ayuda ni una subvención: es, simplemente, que pagas menos impuesto en la factura de la obra si se dan las condiciones.
Esas condiciones son tres y deben cumplirse a la vez. Primera: que el destinatario sea una persona física que usa la vivienda para fines particulares (no una empresa ni un promotor). Segunda: que la construcción de la vivienda haya terminado al menos dos años antes del inicio de la obra. Y tercera, la que más sorprende, sobre los materiales, que vemos a continuación.
La regla del 40% de materiales (lo que casi nadie sabe)
El tercer requisito es el más desconocido y el que más cambia el resultado. Para que se aplique el 10%, la empresa que ejecuta la obra no debe aportar materiales o, si los aporta, su coste no puede superar el 40% de la base imponible de la operación. Si los materiales pasan de ese 40%, la operación se considera una entrega de bienes y toda ella tributa al 21%, no solo la parte de material.
La propia Agencia Tributaria (AEAT) lo ilustra con ejemplos: una obra de 10.000 euros con 3.000 de materiales (el 30%) va entera al 10%; pero esa misma obra con 5.000 de materiales (el 50%) va entera al 21%. Por eso, en reformas con mucho material (por ejemplo, cambiar todas las ventanas o un equipo caro), conviene saber cómo se reparte la factura entre material y mano de obra, porque ese reparto decide el tipo de IVA de toda la operación.

Quién aplica el IVA reducido (no eres tú)
Un punto importante para no llevarse sorpresas: el tipo de IVA no lo «pides» tú. Es la empresa que ejecuta la obra quien lo aplica en su factura, bajo su responsabilidad, comprobando que se cumplen los requisitos. Lo habitual es que el cliente firme una declaración responsable confirmando que la vivienda es de uso particular y tiene más de dos años, para que el instalador respalde la aplicación del 10%.
De aquí se deriva una consecuencia práctica muy útil: si compras tú el material por tu cuenta en una tienda, esa compra lleva siempre el 21%, porque es una compraventa de bienes, no una ejecución de obra. Por eso suele interesar que el material y la mano de obra vayan en la misma factura del instalador (respetando el límite del 40%), en lugar de comprar los materiales aparte. Es un detalle que puede cambiar lo que pagas.
Qué se queda en el 21% y no confundirlo con las ayudas
No todo va al 10%. La obra nueva y las ampliaciones que añaden superficie tributan al 21% (al menos la parte nueva), igual que las reformas que no cumplen los requisitos o los inmuebles de uso no residencial. Y en casos límite (locales, garajes, viviendas de alquiler como actividad, comunidades según cómo se facture) conviene confirmar el tipo aplicable con un asesor o con la propia AEAT antes de darlo por hecho, porque hay matices.
Por último, no confundas este beneficio con las ayudas a la reforma energética, que son cosas distintas. El IVA reducido es el tipo que pagas en la factura; no se solicita. En cambio, los certificados de ahorro energético (CAE) y la deducción en el IRPF son mecanismos aparte que sí se tramitan: los tienes en los certificados de ahorro (CAE) y en la deducción en el IRPF. Cómo encajan unas ayudas con otras lo explicamos en cómo combinar ayudas de eficiencia, y el lado fiscal de las subvenciones, en la tributación de las ayudas.

Preguntas frecuentes
¿Cuándo se aplica el IVA del 10% en una reforma de vivienda?
Cuando se cumplen tres requisitos a la vez: que el destinatario sea una persona física que usa la vivienda para fines particulares, que la vivienda tenga más de dos años desde el fin de su construcción, y que los materiales aportados por la empresa que hace la obra no superen el 40% de la base imponible. Si se cumplen los tres, la obra de renovación o reparación tributa al 10% en lugar del 21% general.
¿Qué pasa si los materiales superan el 40% de la factura?
Si los materiales que aporta la empresa superan el 40% de la base imponible, toda la operación se considera una entrega de bienes y tributa íntegra al 21%, no solo la parte de material. Por eso este límite es decisivo: en reformas con mucho material conviene conocer cómo se reparte la factura entre material y mano de obra, ya que ese reparto determina el tipo de IVA de toda la obra.
¿Tengo que pedir yo el IVA reducido del 10%?
No. El tipo de IVA lo aplica la empresa que ejecuta la obra en su factura, bajo su responsabilidad, tras comprobar que se cumplen los requisitos. Lo habitual es que firmes una declaración responsable confirmando que la vivienda es de uso particular y tiene más de dos años. Si compras el material por tu cuenta en una tienda, esa compra lleva siempre el 21%, porque es una compraventa, no una ejecución de obra.
¿El IVA reducido es lo mismo que una subvención o una deducción?
No, son cosas distintas. El IVA reducido es el tipo de impuesto que pagas en la factura de la obra y no se solicita: lo aplica el instalador. Las subvenciones, los certificados de ahorro energético (CAE) y la deducción en el IRPF son mecanismos de ayuda aparte que sí se tramitan. Conviene no mezclarlos: el IVA del 10% reduce lo que pagas en la factura; las ayudas te devuelven o descuentan dinero por otras vías.
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