Bonificación del IBI por mejoras energéticas
La bonificación del IBI por instalaciones de eficiencia energética o energías renovables reduce el importe anual del impuesto que pagas por tu vivienda. El porcentaje y la duración los decide cada ayuntamiento, así que no hay una cifra única válida para todo el país. Aquí te explicamos cómo funciona, qué municipios la ofrecen y cómo solicitarla.
Actualizado a junio de 2026
- Qué es
- Descuento en el recibo del IBI por instalaciones renovables o de eficiencia energética
- Cuánto
- Lo fija cada municipio — no hay un porcentaje nacional único
- Ejemplo Madrid capital
- 50% de descuento durante 5 años por solar fotovoltaica (7 años con baterías)
- Cómo se solicita
- En el ayuntamiento — no es automática; hay que pedirla expresamente
Qué es la bonificación del IBI
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal que grava la titularidad de inmuebles. La Ley Reguladora de Haciendas Locales permite a los ayuntamientos establecer bonificaciones de hasta el 50% para inmuebles que cuenten con sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar, o con instalaciones de eficiencia energética.
Al ser una competencia municipal, los ayuntamientos tienen libertad para definir el porcentaje, los años de duración y las condiciones. Algunos aplican la bonificación solo para solar fotovoltaica; otros la amplían a aerotermia o a mejoras de aislamiento. Antes de instalar, conviene consultar la ordenanza fiscal de tu municipio.
Varía según tu municipio
No existe una bonificación IBI estatal: es una decisión de cada ayuntamiento. Municipios grandes como Madrid, Barcelona o Zaragoza la tienen regulada; en municipios pequeños puede no existir o estar en proceso de aprobación.
Las condiciones también difieren: algunos ayuntamientos exigen que la instalación haya pasado por un proceso de legalización o inspección; otros simplemente requieren la factura y el certificado de instalación. El porcentaje puede ser fijo (p. ej., 30%, 50%) o variable según la potencia instalada.
El caso de Madrid capital
En Madrid capital, la Agencia Tributaria de Madrid aplica una bonificación del 50% en el IBI durante 5 años para viviendas que instalen sistemas de aprovechamiento de energía solar fotovoltaica para autoconsumo. Si la instalación incluye baterías de almacenamiento, el plazo se amplía a 7 años.
Esta bonificación se aplica sobre el Valor Catastral del inmueble, así que el ahorro anual concreto depende de cuánto pagas de IBI. En una vivienda con un recibo anual de 600 euros, la bonificación supone 300 euros menos al año durante 5 años, es decir, 1.500 euros en total. Estos datos corresponden a junio de 2026 y pueden variar si el ayuntamiento modifica su ordenanza.
Cómo solicitarla — no es automática
La bonificación no se aplica de oficio. Hay que solicitarla en el ayuntamiento (o en la agencia tributaria municipal) dentro del plazo que marque la ordenanza, que suele ser durante el año en que se realiza la instalación o en los meses siguientes.
La documentación habitual incluye el justificante de la instalación (factura, certificado del instalador y, en algunos casos, boletín eléctrico o informe técnico). Si no la solicitas a tiempo, puedes perder el derecho a la bonificación de ese ejercicio.
En el estudio que realizamos, te indicamos si tu municipio tiene esta bonificación activa, qué porcentaje aplica y qué documentación necesitas presentar. No la tramitamos directamente ante el ayuntamiento, pero te dejamos todo preparado.
Preguntas frecuentes
Todos los ayuntamientos ofrecen la bonificación del IBI?
No. Es una decisión de cada municipio. Los grandes ayuntamientos suelen tenerla regulada; en municipios pequeños puede no existir. Consulta la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento o pregúntanos: localizamos la información de tu municipio en el estudio.
Cuánto dura la bonificación?
Depende del municipio. En Madrid capital son 5 años (7 con baterías). En otros ayuntamientos puede ser 3 años o incluso un solo ejercicio. Consulta la ordenanza fiscal vigente en el momento de la instalación.
Aplica a aerotermia o solo a placas solares?
Depende del municipio. La Ley de Haciendas Locales permite que los ayuntamientos la amplíen a instalaciones de eficiencia energética en general, pero muchos la limitan a solar fotovoltaica o térmica. Verifica la ordenanza de tu municipio antes de asumir que te corresponde.
La solicitáis vosotros?
No tramitamos directamente la bonificación ante el ayuntamiento. Lo que hacemos es indicarte si tu municipio la tiene activa, qué porcentaje y durante cuántos años aplica, y qué documentación tienes que presentar. La solicitud la haces tú (o tu gestor fiscal) con los papeles que nosotros te preparamos.
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Fuentes
La casa como sistema: el orden importa
Una vivienda eficiente se mejora en orden. Estos son los siguientes pasos lógicos: