La resolución de concesión: qué te aprueban exactamente
La resolución de concesión no es un cheque en blanco: aprueba una actuación concreta —por ejemplo, sustituir una caldera por una bomba de calor aerotérmica de una potencia determinada— con un presupuesto aceptado y unos plazos de ejecución y justificación. Todo eso queda fijado en la resolución y en las bases de la convocatoria, y es lo que la Ley General de Subvenciones considera la finalidad para la que se concedió la ayuda. Puedes repasar el marco general del programa en nuestra página de ayudas y subvenciones.
El problema aparece cuando lo que se ejecuta en obra se aparta de lo aprobado sin que nadie lo haya comunicado antes: otro modelo de equipo, otro presupuesto, otro calendario o menos actuaciones de las previstas. Aunque el resultado final sea igual de bueno o incluso mejor, el órgano gestor puede entender que no se ha cumplido la finalidad para la que se concedió la ayuda, y eso es precisamente lo que puede abrir un procedimiento de reintegro de la subvención.
La regla de oro: pedir la modificación antes de ejecutar el cambio
Cuando durante la obra surge la necesidad de un cambio respecto a lo aprobado, el procedimiento correcto es solicitar la modificación de la resolución al órgano gestor antes de ejecutarlo, no después. Esa solicitud se presenta como un escrito motivado, y el órgano gestor valora si el cambio mantiene el objeto, la finalidad y las condiciones esenciales que justificaron la concesión. Cada convocatoria fija su propio procedimiento y plazos para esta solicitud, así que conviene revisar las bases antes de dar cualquier paso.
Lo que nunca conviene hacer es ejecutar el cambio primero y explicarlo después en la justificación final, esperando que el órgano gestor lo dé por bueno sin más. Esa práctica es la que con más frecuencia deriva en un requerimiento de subsanación o directamente en un procedimiento de reintegro, porque la administración no está valorando una propuesta antes de la obra, sino una desviación que ya se ha consumado sin autorización previa.
Cambio de equipo y cambio de instalador: dos casos distintos
El cambio de equipo o modelo —por ejemplo, sustituir la bomba de calor aprobada por otra de una marca distinta porque el instalador se ha quedado sin stock del modelo original— suele admitirse cuando el nuevo equipo mantiene o mejora las prestaciones exigidas en la resolución: potencia, eficiencia energética y demás requisitos técnicos que sirvieron de base para conceder la ayuda. Aun así, hay que comunicarlo y acreditarlo con la ficha técnica del nuevo equipo, y en ocasiones con un informe técnico si el cambio afecta a las prestaciones evaluadas.
El cambio de instalador es un supuesto distinto, con su propio trámite y sus propias condiciones según la convocatoria: lo tratamos con detalle en la guía sobre cambiar de instalador con la subvención ya concedida. No lo confundas con el cambio de equipo: puedes mantener el mismo instalador y cambiar de modelo, o mantener el modelo y cambiar de instalador, y cada situación se gestiona de forma independiente.

Cambio de importe y cambio de plazo: cómo se recalculan
Si el gasto final justificado es menor que el presupuesto aprobado en la resolución, lo habitual es que la ayuda se recalcule a la baja de forma proporcional, según lo que fijen las bases de la convocatoria: no te quedas con la diferencia entre lo concedido y lo gastado. Si ocurre lo contrario y el gasto final es mayor que el presupuesto aprobado, el exceso lo asume el beneficiario: la cuantía de la ayuda concedida no sube aunque la obra haya costado más, salvo que exista una modificación de la resolución que lo contemple expresamente.
El plazo de ejecución también puede modificarse, pero existe un procedimiento específico para ello: la solicitud de ampliación de plazo, que hay que presentar antes de que venza el plazo original, no después. Pedirla cuando el plazo ya ha vencido no suele servir de nada, porque a esas alturas el incumplimiento ya se ha producido. Los plazos habituales de cada programa, y cómo se cuentan, se explican en la guía sobre plazos de la subvención de reforma.
Qué cambios suelen admitirse: tabla resumen
Esta tabla resume cómo se comporta cada tipo de cambio habitual y qué hay que hacer en cada caso. Es una guía orientativa: la decisión final siempre depende de lo que fijen las bases de tu convocatoria y de cómo lo valore el órgano gestor.
| Cambio | ¿Suele admitirse? | Qué hay que hacer |
|---|---|---|
| Equipo o modelo | Sí, si mantiene o mejora las prestaciones exigidas | Comunicarlo y acreditarlo (ficha técnica, informe técnico si aplica) |
| Instalador | Depende de la convocatoria (trámite propio) | Ver la guía específica sobre cambio de instalador |
| Importe menor | Sí, se recalcula la ayuda a la baja | Justificar el gasto real ejecutado |
| Importe mayor | El exceso no se subvenciona | Asumirlo el beneficiario; la ayuda concedida no sube |
| Plazo | Sí, mediante solicitud de ampliación | Pedirla antes de que venza el plazo original |
| Alcance (quitar una actuación) | El más arriesgado, no siempre se admite | Solicitud de modificación previa, con informe técnico si afecta al ahorro exigido |
Cada convocatoria fija sus propias condiciones para admitir un cambio: esta tabla es orientativa y no sustituye lo que digan las bases de tu programa.
Qué documentar y cuándo pedir ayuda
Antes de presentar la solicitud de modificación conviene tener lista la documentación que el órgano gestor suele pedir para valorarla: una memoria que explique por qué es necesario el cambio y por qué no afecta a la finalidad de la ayuda, un presupuesto nuevo desglosado y comparable con el aprobado, y un informe técnico si el cambio afecta a prestaciones evaluadas como la potencia, la eficiencia o el ahorro energético estimado. Si además tienes dudas sobre cómo justificar la subvención una vez ejecutado el proyecto, puedes repasar la guía sobre cómo justificar una subvención.
Reunir esta documentación antes de tocar nada en la obra es lo que marca la diferencia entre una modificación bien tramitada y un reintegro. Cada convocatoria fija sus propias condiciones, así que esto es información general y no asesoramiento jurídico. Si tienes que cambiar algo del proyecto que ya tiene la subvención concedida y no sabes cómo tramitarlo, solicita tu estudio gratis y lo revisamos contigo antes de que ejecutes el cambio.
- Memoria justificativa del cambio propuesto
- Presupuesto nuevo desglosado, comparable con el aprobado en la resolución
- Informe técnico, si el cambio afecta a prestaciones evaluadas para conceder la ayuda
- Escrito de solicitud de modificación dirigido al órgano gestor, dentro del plazo de la convocatoria

Preguntas frecuentes
¿Puedo cambiar el equipo o modelo aprobado en la resolución sin avisar?
No es lo recomendable. Sustituir el equipo aprobado por otro, aunque sea equivalente o mejor, se comunica al órgano gestor antes de instalarlo, no después. Si el nuevo equipo mantiene o mejora las prestaciones exigidas —potencia, eficiencia y demás requisitos que sirvieron de base para conceder la ayuda— suele admitirse, pero hay que acreditarlo con su ficha técnica y, si afecta a las prestaciones evaluadas, con un informe técnico.
¿Qué pasa si el proyecto acaba costando menos de lo aprobado?
Si el gasto final justificado es menor que el presupuesto de la resolución, lo habitual es que la ayuda se recalcule a la baja de forma proporcional, según lo que fijen las bases de la convocatoria. No te quedas con la diferencia entre lo concedido y lo realmente gastado.
¿Y si el proyecto acaba costando más de lo previsto?
El exceso sobre el presupuesto aprobado lo asume el beneficiario. La cuantía de la ayuda concedida no sube por el hecho de que la obra haya costado más, salvo que exista una modificación de la resolución que lo contemple expresamente antes de ejecutar el gasto adicional.
¿Puedo pedir más tiempo si no voy a llegar al plazo de ejecución?
Sí, mediante la solicitud de ampliación de plazo, pero hay que presentarla antes de que venza el plazo original, no después. Pedirla cuando el plazo ya ha vencido no suele servir de nada, porque a esas alturas el incumplimiento ya se ha producido. Cada convocatoria fija sus propios plazos y condiciones para tramitarla.
¿Qué pasa si quito una de las actuaciones subvencionadas del proyecto?
Es el cambio más arriesgado. Al reducir el alcance del proyecto puedes dejar de cumplir el ahorro energético mínimo exigido o la puntuación con la que se te concedió la ayuda, lo que puede poner en riesgo la subvención completa, no solo la parte de esa actuación. Antes de eliminar cualquier actuación conviene solicitar la modificación de la resolución y valorar con el órgano gestor si el proyecto resultante sigue cumpliendo los requisitos.
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Los plazos habituales de ejecución y justificación, y cómo se cuentan.
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